Se está discutiendo una (insuficiente) Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
Se trata de un texto bienintencionado que corregirá algunos problemas, pero que no resolverá las deficiencias que arrastra España en esta materia
Desde mediados de febrero se está en el proceso de discusión de una nueva Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación que regule esta actividad tan importante para el futuro de las naciones desarrolladas en este mundo tan globalizado. Y lo más grave es que en su texto no se encuentra como debiera el papel relevante que la empresa tiene para conseguir los objetivos que se deberían perseguir. Sin su inclusión será muy difícil alcanzar los niveles de riqueza de sus sociedades, el bajo nivel de desempleo y la calidad de los salarios de los ciudadanos que disfrutan los países donde así se hizo.
Por ello, ponerse a pensar en cómo se debe regular las actividades de la generación de conocimiento, su posterior traslado al mercado, así como la incentivación del espíritu innovador en las sociedades, es, sin duda alguna, uno de los proyectos más transformadores que podemos encarar en el transcurso de esta primera parte del siglo XXI. Y, por lo tanto, una ley que se dedique a planear el futuro de estas actividades debería estar muy orientada a mejorar el estado de las cosas con las que se enfrenta. Si, además, como es el caso español, la sociedad sobre la que pretende actuar, no disfruta de una posición satisfactoria, ocupando los puestos coherentes con otros indicadores socioeconómicos, lo que cabe esperar de esa ley debería ser que fuera ambiciosa, transformadora; en alguna medida, rupturista.
España tiene un serio problema con estos asuntos. Lo manifiesta el propio anteproyecto de ley aprobado por el Gobierno –en estos días arrancando su debate parlamentario– cuando reconoce que, pese a ser la decimotercera potencia mundial en publicaciones científicas reconocidas y la decimosegunda economía mundial, ocupamos la posición 30 en el indicador de las Naciones Unidad del ranking de países innovadores. Sufrimos de una profunda paradoja, consecuencia de no saber usar el progreso contenido en nuestras investigaciones para llevarlo al mercado y, consecuentemente, a los ciudadanos.
Adicionalmente, y esto ha sido detectado por los expertos algo más recientemente, en España se ha cometido el error de identificar las fuentes de la innovación, básicamente en los entornos de la I+D, ignorando que muy buena parte de los cambios en los comportamientos de mercados y ciudadanos tienen su origen en otros centros o provienen de otros actores. Por lo tanto, la brecha que antes se identificó, de 20 posiciones entre ambas escalas, tiene alguna explicación que merecería ser corregida de inmediato. Volveremos luego sobre este asunto, pero hay otros rasgos que caracterizan, de forma más importante, la insatisfactoria posición española en estos asuntos.
Y nos referimos esencialmente a dos aspectos que tienen mucho impacto en la mejora de la posición de los países en los ámbitos de la Innovación y la I+D. El primero tiene que ver con la mala inserción de las políticas de incentivación de estas actividades en el entramado del organigrama de los gobiernos y las administraciones españolas. Situar en un ministerio la máxima responsabilidad de algo que, por principio, debería ser transversal sin establecer, en el alto rango que le corresponde, las imprescindibles tareas de coordinación entre los distintos agentes involucrados está en el origen de la falta de eficacia de las políticas vividas hasta el presente. Solo en el período más reciente de nuestra historia se vivió un crecimiento diferencial, justo en la etapa en el que se centralizó en el ámbito de la presidencia del Gobierno la dirección de todos los elementos con responsabilidades ministeriales. Ese espacio de gestión tan breve no consolidó los frutos esperados, pero sí dejó claro que esa decisión fue correcta y debería ser considerada de nuevo. Por ello, en una ley que pretenda corregir de forma severa el actual estado de las cosas no se pueden dejar de contemplar reformas profundas en el organigrama de la gestión de la I+D, ni renunciar al establecimiento de organismos de coordinación, al más alto nivel posible, que aseguren la cooperación de amplios ámbitos de la innovación. Existen propuestas para organizar un Consejo Nacional de Innovación, experiencia ya vivida por otros países con éxito en esta materia, que merecerían ser consideradas en una nueva regulación como la que nos ocupa.
Un segundo aspecto, si cabe tan crucial como el primero, tiene que ver con las fuentes de financiación de las actividades de Innovación e I+D. Saludando positivamente el compromiso político para alcanzar el 1,35% del PIB proveniente del sector público, la gran ausencia de las políticas fiscales que deben acompañar a actividades como estas, sometidas a niveles de alto riesgo e incertidumbre, es un muy mal síntoma respecto a haber entendido dónde radica parte de nuestro déficit inversor en I+D. En el más reciente estudio realizado por el grupo de expertos, a petición del Ministerio de Hacienda del Gobierno de España, se afirma de manera rotunda que en el esfuerzo innovador del sector empresarial nos encontramos en una posición rezagada en relación con el resto de las economías avanzadas y que el diseño actual de los beneficios fiscales a la I+D+I en España es ineficiente, explicando con detalle los fundamentos de ambas aseveraciones. Este juicio que viene detrás de los ya emitidos, en ese mismo sentido, por organismos como la OCDE, el FMI, y recientemente la propia Airef, debería de ser suficiente para que en una reforma que se precie de estos ámbitos se propusiesen cambios sustanciales. Pues nada, no se molesten en buscarlos, porque no los encontrarán; como si este no fuera, junto con el anteriormente enunciado, uno de los primeros fundamentos para un cambio transformador: organización y recursos para su ejecución.
Para volver a un asunto que se anunció anteriormente. Se precisa también definir políticas dedicadas a la incentivación de la innovación que tengan en cuenta esas otras fuentes de generación de prácticas que, en las últimas décadas, han presidido los cambios en importantes segmentos de la logística, las comunicaciones, etc. Si bien la ley no debiera ser el campo preciso para su desarrollo, reservado en términos más de reglamentos, sí que sería oportuno que se encontrasen en su articulado las indicaciones que permitan su posterior desarrollo normativo.
Concluyendo: con muchas probabilidades se aprobará una ley bien intencionada que corregirá algunos problemas parciales presentes, como por ejemplo eliminar la nefasta precariedad del mundo investigador con una cuestionable salida preferente del empleo funcionarial, pero seguiremos pendientes de que alguien se atreva a poner las medidas correctoras que saquen a España de las inadecuadas posiciones en las que vivimos. Y mientras tanto, nuestros competidores no dejan de acelerar, posicionándose ante los retos del resto del siglo y abriendo nuestra brecha con ellos. Y luego nos lamentaremos.
Grupo de Reflexión de AMETIC